Por mayoría absoluta, la Corte Suprema falló en contra de la figura que permitía a los deudores imponer sus condiciones frente a los acreedores en los convenios de pago para evitar la quiebra. Un fallo inédito –dicen los entendidos- que establecería jurisprudencia en lo que respecta a la correcta interpretación del artículo 190 de la ley de quiebras.

  • 24 Febrero, 2011

Por mayoría absoluta, la Corte Suprema falló en contra de la figura que permitía a los deudores imponer sus condiciones frente a los acreedores en los convenios de pago para evitar la quiebra. Un fallo inédito –dicen los entendidos- que establecería jurisprudencia en lo que respecta a la correcta interpretación del artículo 190 de la ley de quiebras.

Lo más leído