La Dirección del Trabajo, en línea con lo ya expresado por el Tribunal Constitucional, reconsideró su doctrina estableciendo que los acuerdos de grupos negociadores de trabajadores con su empleador sí constituyen un instrumento colectivo, el que además debe ser registrado como tal por este servicio. Este criterio, histórico en la materia, reconoce y responde a […]

  • 11 Octubre, 2018

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