Ronchas sacó en las filas de Iberoamericana Radio Chile –de propiedad de la española PRISA- la última columna de Aldo van Weezel (Capital n° 296). El párrafo que indignó a la empresa pregunta “¿por qué no se revisó el límite de inversión cuando PRISA aumentó su número de radios en Chile, sobrepasando el límite de reciprocidad? Recordemos que eso ocurrió cuando la Concertación estaba en el gobierno, y PRISA es reconocida por tener buenas relaciones con la izquierda”. En respuesta, los directivos del consorcio radial Marcelo Zúñiga y Ricardo Berdicheski enviaron una carta para refutar los dichos de Van Weezel. “Es total y absolutamente falso que durante los gobiernos de la Concertación no se haya fiscalizado y verificado el cumplimiento del artículo 9° de la Ley de Prensa, que es la norma que consagra el principio de reciprocidad al que alude el columnista. En efecto, la Subtel, entre 2008 y 2010, verificó el cumplimiento estricto de dicha norma respecto de todas las concesiones de radiodifusión sonora que son de propiedad de Iberoamericana Radio Chile S.A. y sus sociedades relacionadas. La fiscalización efectuada por la Subtel verificó con estricta sujeción a la interpretación del artículo 9° de la Ley de Prensa efectuada por la Contraloría General de la República, interpretación que, por lo demás, es la única que se condice con los principios constitucionales chilenos y las obligaciones asumidas por Chile en diversos tratados internacionales”. Añaden que “es total y absolutamente falso” que en el último proceso de renovación la Subtel “haya verificado la existencia de un incumplimiento al artículo 9° de la Ley de Prensa. Prueba fehaciente de lo anterior es que la Subtel procedió a asignar a Iberoamericana Radio Chile S.A. y sus sociedades relacionadas las concesiones de radiodifusión sonora, asignación que posteriormente fue objetada por terceros, en el marco de un proceso que se encuentra actualmente en curso y pendiente de resolución”. Otra visión: la del presidente de la ARCHI, Luis Pardo, que afirma que, “en el proceso de fusión del grupo PRISA se planteó el principio de reciprocidad. La ARCHI pidió al ministro Cortázar que, independiente del resultado del examen de reciprocidad, Subtel cumpliera la obligación de revisar ese proceso. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia estableció que el capital era de origen español y que le correspondía a la Subsecretaría aplicar el principio de reciprocidad. Sin embargo, fue un dictamen de Contraloría el que le permitió a la Subtel obviar la aplicacion de ese principio, basándose en que se trataba de una transferencia de acciones y no de una compra de una nueva concesión”. Agrega que “independiente de las motivaciones que expliquen la conducta de Subtel, hoy hay dos hechos nuevos: uno, PRISA postula renovar concesiones por 25 años, lo que obliga a la Subtel a revisar el cumplimiento de la ley. Y segundo, que en marzo del 2010, la ley española cambió, endureciendo las exigencias para la inversión extranjera”.

  • 7 Abril, 2011

Ronchas sacó en las filas de Iberoamericana Radio Chile –de propiedad de la española PRISA- la última columna de Aldo van Weezel (Capital n° 296). El párrafo que indignó a la empresa pregunta “¿por qué no se revisó el límite de inversión cuando PRISA aumentó su número de radios en Chile, sobrepasando el límite de reciprocidad? Recordemos que eso ocurrió cuando la Concertación estaba en el gobierno, y PRISA es reconocida por tener buenas relaciones con la izquierda”. En respuesta, los directivos del consorcio radial Marcelo Zúñiga y Ricardo Berdicheski enviaron una carta para refutar los dichos de Van Weezel. “Es total y absolutamente falso que durante los gobiernos de la Concertación no se haya fiscalizado y verificado el cumplimiento del artículo 9° de la Ley de Prensa, que es la norma que consagra el principio de reciprocidad al que alude el columnista. En efecto, la Subtel, entre 2008 y 2010, verificó el cumplimiento estricto de dicha norma respecto de todas las concesiones de radiodifusión sonora que son de propiedad de Iberoamericana Radio Chile S.A. y sus sociedades relacionadas. La fiscalización efectuada por la Subtel verificó con estricta sujeción a la interpretación del artículo 9° de la Ley de Prensa efectuada por la Contraloría General de la República, interpretación que, por lo demás, es la única que se condice con los principios constitucionales chilenos y las obligaciones asumidas por Chile en diversos tratados internacionales”. Añaden que “es total y absolutamente falso” que en el último proceso de renovación la Subtel “haya verificado la existencia de un incumplimiento al artículo 9° de la Ley de Prensa. Prueba fehaciente de lo anterior es que la Subtel procedió a asignar a Iberoamericana Radio Chile S.A. y sus sociedades relacionadas las concesiones de radiodifusión sonora, asignación que posteriormente fue objetada por terceros, en el marco de un proceso que se encuentra actualmente en curso y pendiente de resolución”. Otra visión: la del presidente de la ARCHI, Luis Pardo, que afirma que, “en el proceso de fusión del grupo PRISA se planteó el principio de reciprocidad. La ARCHI pidió al ministro Cortázar que, independiente del resultado del examen de reciprocidad, Subtel cumpliera la obligación de revisar ese proceso. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia estableció que el capital era de origen español y que le correspondía a la Subsecretaría aplicar el principio de reciprocidad. Sin embargo, fue un dictamen de Contraloría el que le permitió a la Subtel obviar la aplicacion de ese principio, basándose en que se trataba de una transferencia de acciones y no de una compra de una nueva concesión”. Agrega que “independiente de las motivaciones que expliquen la conducta de Subtel, hoy hay dos hechos nuevos: uno, PRISA postula renovar concesiones por 25 años, lo que obliga a la Subtel a revisar el cumplimiento de la ley. Y segundo, que en marzo del 2010, la ley española cambió, endureciendo las exigencias para la inversión extranjera”.

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