Por Rodrigo Delaveau
Justicia de carreta en un país de autopistas
18 Nov 11
Nuestra judicatura necesita reformas urgentes. Mientras no se modernice, poco puede lograr al reivindicar su independencia.
Mucho se ha discutido en estos días sobre la independencia y el rol de nuestro poder judicial, pero lo cierto es que poco nos acordamos de esta institución fundamental de la república. Como sabemos, nuestro sistema judicial, desde un punto de vista orgánico, permanece intacto, empolvado con talco y naftalina en una caja de cristal hace –literalmente– dos siglos. En efecto, nada conceptualmente significativo ha cambiado en 200 años en ese ámbito.
Nuestra institucionalidad judicial descansa sobre un modelo rígidamente jerarquizado y militarizado, propio de un orden monárquico de fines del siglo XVIII, época de carretas. Se trata de una estructura estrictamente piramidal, en la que los buenos jueces que no logran ascender no tienen buenos incentivos para permanecer en el poder judicial, lesionando la calidad de nuestros tribunales y su reputación.
¿Por qué en Chile los abogados prestigiosos no postulan la carrera judicial? En otras naciones esta opción es apreciada como el corolario de una exitosa trayectoria profesional, y la competencia por el cargo tiene como resultado jueces experimentados y versados. Por el contrario, el poder judicial chileno ha ocupado sistemáticamente los últimos lugares en los rankings y encuestas de confiabilidad ciudadana. Y dado que su nombramiento corresponde a un sistema de autogeneración y designación por el gobierno de turno, no existe un real accountability a la ciudadanía.
Por su parte, la Corte Suprema tiene facultades directivas, correccionales y económicas sobre todos los tribunales de la nación. Este anacronismo hace que los ministros realicen excesivas labores administrativas y disciplinarias, desconcentrándose de aquello que saben hacer mejor: resolver los conflictos judiciales. Además, se crea una lógica perversa, en que los tribunales inferiores carecen de independencia interna (se debe complacer al superior) o bien, no tienen buenos incentivos para ejercerla. El sistema de evaluación actual es inútil y no permite apreciar las diferencias entre buenos y malos jueces.
Nuestro máximo tribunal es uno de los más grandes del mundo, con 21 miembros. La razón radica en que existe la tendencia de que todo asunto judicial debe llegar a la Corte Suprema. El año pasado, el numero de fallos de ésta bordearon los 8.000 (a modo comparativo, la Corte de Estados Unidos –que sólo cuenta con 9 miembros– falla entre 80 y 150 causas anualmente).
Esta situación tiene dos consecuencias: al tender a revisarlo todo, existe la necesidad de ir ampliando cada vez más el número de ministros de la Corte y de sus salas. Asimismo, con esa cifra de causas falladas resulta difícil o casi imposible recoger algún precedente claro, preciso, concordante y fundado, a partir del cual la calidad de los fallos sea la óptima, o al menos exista el tiempo necesario para dedicarles el estudio debido. Esto hace más confuso determinar el sentido y el alcance de la ley, lo que redunda en más juicios (que podrían haber sido resueltos inicialmente de existir un precedente) que, una vez más, sobrepoblarán los tribunales.
¿Propuestas? Se dice que las únicas respuestas interesantes son aquellas que destruyen la pregunta. La existencia de jueces ad eternum, sujetos a malos sistemas de evaluación y con más incentivos a ser funcionarios antes que solucionadores de conflictos jurídicos, no resiste más tiempo. Resulta indispensable no sólo repensar la carrera judicial en que los jueces puedan tener mejor estatus y remuneraciones sin la necesidad de “ascender” en la orgánica judicial, sino establecer un sistema de competencia real, en que puedan participar tanto abogados externos como jueces. Y sobre todo, eliminar la perpetuidad del cargo: un Estado de derecho moderno no se puede dar el lujo de tener personas designadas en cargos públicos de jerarquía sin un límite de tiempo (como sí existe con los ministros del TC, el contralor, parlamentarios y el propio presidente de la República) y sin un sistema de rendición de cuentas.
¿Está preparada nuestra judicatura para enfrentar los exigentes desafíos que le impondrá el siglo XXI? ¿Es éste el modelo que un Chile libertario, democrático y pujante necesita? La carreta judicial no puede seguir circulando en el país de las autopistas. ¿Qué saca el poder judicial con reivindicar su independencia si no tiene chasis, motor ni tag para correr la carrera de la modernización? Lo preocupante es que tarde o temprano a todos –sin excepción– nos tocará subirnos a esta anticuada diligencia.
2 Comentarios
Francisca Zapata :
Publicado Sabado 19 de Noviembre, 2011 - 02:38 hrs
Excelente diagnostico. La constitución monárquica del poder judicial debe ser superada a la brevedad, para ser adecuada a las exigencias del estado democrático de derecho. La nueva organización debe ser pensada en miras del cumplimiento cabal de la FUNCION judicial, esto es dar a cada uno lo suyo cumpliendo este mandato con sujeción a la Constitución y la ley.
A dichos efectos la base sobre la que debe construirse el nuevo diseño ha de ser sustraer toda tarea que no sea la jurisdiccional de los plenos de las cortes de apelaciones y Suprema. Los jueces deben dedicarse a fallar en derecho y no a funciones administrativas que les distraen de su único y central rol en una sociedad democrática.
M Francisca Zapata, Secretaria Ejecutiva Foro Judicial 2011.
richard burchardt :
Publicado Viernes 18 de Noviembre, 2011 - 19:06 hrs
Acertada visión del problema actual de nuestro poder judicial, visto lejano y distante por la ciudadanía, dentro de un país pleitero o muy judicializado que ve que las soluciones jurídicas muchas veces llegan tarde o se perciben injustas frente a sus expectativas, creadas por los mismos abogados que litigan. Ello por la incertidumbre que genera la suerte final de un conflicto de relevancia jurídica sometido a estrados, cuando no exíste un “precedente” o case law, donde es el “lider Case” anglosajón, que da certeza jurídica a los actores. Con la creación de 4 salas especializadas en la Corte Suprema, practicamenrte se eliminaron los problemas producidos por las sentencias contradictorias dictadas antes de ello, sobre un mismo problema por la misma sala, pero integrada por diferentes jueces, o por otra sala, especie de anarquía que hoy exíste en 2ª instancia. El Precedente hoy por hoy, con la base jurisprudencial creada por el propio PoderJudical, exíste, pero hay que bucearlo muy bien para encontrarlo, siendo una respuesta actual dada por el Presidente de la C. Suprema a tamañana inquietud.
Bien por la analogía entre la carretas y la autopistas, pero veo que no ocultas tus simpatías por el sistema del Common Law o anglosajón, dada la influencia que tus estudios off shore han ejercido en tu mente, no obstante que lo veo un poco complejo de aplicar en Chile, dada nuestra raíz romano- germánica. Ah! y los jueces también tienen límites o plazos, a los 75 años jubilan.