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Ojo Tributario. Por Franco Brzovic

Artículo correspondiente al número 232 (11 al 24 de julio de 2008)


Por primera vez en la historia de Chile, los contribuyentes tienen la posibilidad en un futuro cercano de contar con tribunales tributarios independientes, rompiendo así la resistencia permanente e histórica de las autoridades para tratar un tema de esta naturaleza. El Proyecto Tribunales Tributarios y Aduaneros presentado por el Ejecutivo, con más de cinco años de tramitación en el Congreso, ha sido aprobado por la unanimidad en las comisiones de Hacienda y Constitución del Senado.

Se advierten en su texto progresos notables si lo comparamos con el original, al haberse acogido por la autoridad gran parte de las críticas y sugerencias. Aun cuando se han alzado algunas voces proponiendo un modelo procesal oral, el cual desde ya es ajeno al sistema tributario por la naturaleza misma de los asuntos que trata, el diseño del proyecto actual es interesante y, analizado en profundidad, no se vislumbra su inoperancia, como ha ocurrido con otras reformas judiciales.

Entre los puntos de mayor interés, al menos para este autor, se encuentran aquellos que otorgan independencia al juez tributario de primera instancia, tanto en su gestación, procedimiento y fallos como también -muy importante- en los aspectos económicos. Seguidamente, la existencia de una segunda instancia especializada permitirá reducir las demoras actuales, que son de cinco años promedio.

Este proyecto debe armonizarse con las medidas que se están tomando en el Servicio de Impuestos Internos. Una de ellas es el ordenamiento del marco interpretativo tributario, encaminado a dar certidumbre jurídica a los contribuyentes.

Un elemento novedoso y de importancia contenido en el proyecto es el establecimiento de una acción especial encaminada a entregar a los contribuyentes un medio efectivo, rápido y especializado de resguardo de sus derechos ante las actuaciones de la administración tributaria. Se podrán impugnar actuaciones del SII que, no siendo reclamables (o sea, que no tengan un procedimiento judicial especial tributario), afecten determinados derechos garantizados por la Constitución, como propiedad,
libertad económica y no discriminación arbitraria en las actividades económicas. Así, el contribuyente podrá recurrir a la Justicia, por ejemplo, en el caso de que no le sean devueltos sus impuestos, tediosas fiscalizaciones, etc.

Los contribuyentes tienen derecho a una justicia tributaria y aduanera independiente, la que -al decir de gran parte de los medios especializados- se plasma con bastante aproximación en el proyecto en cuestión. Creo que ya no hay más tiempo de espera.

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