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Artículo correspondiente al número 259 (21 de agosto al 3 de septiembre de 2009)
Debutan los tribunales especializados en la Región Metropolitana, en una absoluta revolución de lo hasta ahora conocido. La reforma apuesta a la rapidez e introducción de temas inéditos. Los 36 meses promedio de los juicios bajarían a 90 días. Los abogados afinan sus destrezas, ya que sólo la demanda y la contestación serán por escrito. Hasta ahora, la balanza se inclina a favor de los trabajadores. Por Elena Martínez y Paula Vargas.
La introducción de temas de Derecho Constitucional vinculados a garantías fundamentales del trabajador (como la libertad de expresión y la vida privada) y del empleador (propiedad o libertad de emprendimiento) es quizás uno de los puntos más complejos de la reforma laboral que, este 31 de agosto, debuta en la Región Metropolitana, ya con etapas previas en otras zonas.
La discusión de estos asuntos se enmarcan en el nuevo procedimiento de “tutela laboral”, según el cual la eventual intrusión del empleador en el correo electrónico corporativo o restricciones al derecho de opinión en la empresa pasarán a ser también parte de la causa, para mencionar algunos aspectos.
Hay quienes advierten de las repercusiones. Florencio Bernales, socio a cargo del departamento de litigios del estudio Cariola, Diez, Pérez-Cotapos, subraya: “llama la atención que esta legislación trate de resguardar algo que estaba resguardado por otra ley y se da particularmente en los procedimientos de tutela laboral, cuando una parte siente menoscabados sus derechos constitucionales”.
En su opinión, “puede haber un abuso consciente por parte de los trabajadores para generar situaciones artificiales, a fin de decir que se pusieron en riesgo sus derechos constitucionales”. Cita como ejemplo que un simple llamado de atención puede ser interpretado por el empleado como una vulneración a su derecho a la salud, porque le causó estrés. “Y esto, obviamente, estimulará a muchos a llevar estos casos a la justicia”, pronostica.
Nuevas destrezas
Los abogados especializados hoy afinan sus mejores competencias y destrezas no tan sólo en el ámbito del conocimiento teórico,
sino también en herramientas prácticas destinadas a potenciar su actuación en un proceso oral. Ello, porque éste se efectuará
íntegramente en dos audiencias –preparatoria y de juicio–, quedando sólo la demanda y la contestación como actos escritos.
Christian Von Bergen, profesional a cargo del departamento laboral del estudio Prieto y Cía., afirma que el nuevo esquema exigirá a los abogados “una actitud mucho más proactiva”, ya que pierden relevancia los aspectos formales del procedimiento y primará la capacidad de alegación oral ante el tribunal. Esto exige, advierte, manejar en detalle y profundidad todos los aspectos discutidos de la causa y estar atento para adoptar decisiones jurídico-procesales inmediatas.
Datos del ministerio de Justicia indican que una causa laboral, en el sistema antiguo, en la capital demoraba unos 36 meses en ser resuelta con sentencia ejecutoriada; es decir, cuando ya no es posible interponer recursos respecto de ella. La nueva justicia laboral establece, en cambio, que los juicios se zanjarán en un promedio de 90 días. La reforma busca impedir que los juicios se dilaten injustificadamente. Este elemento es el que Luis Lizama, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad de Chile, destaca como una de las principales ventajas para el trabajador. “Los juicios serán más breves y concentrados”, anticipa, al tiempo que destaca que para el caso de las causas de baja cuantía –menos de 10 ingresos mínimos mensuales–, el trabajador dispondrá de un procedimiento incluso más expedito, que se llama “juicio monitorio” y que se efectúa en dos fases: una ante la Inspección del Trabajo y otra, ante el juez laboral.
Marcelo Ulloa Klug, de Ulloa Batarse & Cía. Abogados, explica que los juicios monitorios son los más comunes del nuevo procedimiento laboral y que consisten en audiencias y sentencias breves. Estos juicios abordan montos no superiores a 1 millón 650 mil pesos; se resuelven a veces en una sola audiencia o, a más tardar, dentro de un plazo de 20 días. La defensa está está a cargo de defensores públicos pagados por el Estado. La nómina de este tipo de juicios considera sentencias a favor de múltiples empleados que alegaron despido injustificado, en su mayoría.
Fallos y áreas
Hasta ahora, en regiones, las causas falladas han favorecido primordialmente a los trabajadores en un 97 por ciento de las causas interpuestas. “El empleador lleva todas las de perder”, advierte Florencio Bernales.
Un antecedente elocuente: la defensoría laboral ha informado que sus profesionales –que representan a trabajadores con ingresos inferiores a 400 mil pesos– han vencido en más del 90 por ciento de los juicios.
No se conocen cifras acerca de los sectores productivos que concentran los juicios de la reforma laboral. Esta se ha ido estableciendo paulatinamente en las distintas regiones (Tercera y Duodécima en la etapa 1; Primera, Cuarta, Quinta y Décimo Cuarta, en la etapa 2). Dado esto y su concentración en el norte, Christian Von Bergen explica que los aspectos referidos a jornadas especiales que rigen la minería y los asuntos relativos a la negociación colectiva al interior de la empresa han sido materias recurrentes.
También ha aflorado una mayor cantidad de reclamos en contra de las resoluciones de multa, ya que al no exigirse la consignación previa de parte de ésta, muchas pequeñas y medianas empresas que antes se veían imposibilitadas de recurrir a la justicia, en la actualidad van hacia ella. Para Von Bergen, los tribunales están efectuando una gran labor en lo que respecta a revisar la legalidad de las resoluciones de multa, acogiendo muchos reclamos deducidos.
“Curiosamente, las acciones de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido y durante la vigencia de la relación laboral no han sido las que mayoritariamente se han ejercido, al contrario de lo que en teoría podría haberse pensado –plantea-. Opinamos que en la llegada de la reforma a Santiago dicha tendencia se va a revertir”.
| Tiro al blanco La reforma laboral no sale indemne de cuestionamientos. Las críticas se concentran en varios puntos. Uno de los principales es el escaso papel que se le asigna a la Corte Suprema, que ha unificado jurisprudencia en materia laboral, según los entrevistados, y que ahora sólo podrá conocer un recurso de unificación, siempre que existan fallos anteriores y se opongan a lo que determine la Corte de Apelaciones. Sin lugar a dudas, uno de los aspectos más discutibles de la nueva justicia es la eliminación del recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva, procediendo sólo un recurso especial de nulidad. “Ello impide que la Corte pueda revisar los hechos y, estando el tribunal compuesto por sólo un miembro, la posibilidad de error en el establecimiento de los hechos es muy grande”, nos dijo un entrevistado. Otro aspecto que incluso ameritaría una revisión por parte del Tribunal Constitucional, según expertos, es la facultad de que el mismo juez que acoge o rechaza la demanda en el procedimiento monitorio sea quien vuelva a juzgar en caso de reclamo. |