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La popularidad del arbitraje comercial internacional en Chile

Artículo correspondiente al número 211 (24 de ago al 06 de sept 2007)

 

En cinco temporadas se han llevado a cabo más arbitrajes internacionales que en los últimos quince años. Cristián Conejeros R. Consejero para América latina, España y Portugal, Corte Internacional de Arbitraje, Cámara de Comercio Internacional

 

El panorama del arbitraje comercial internacional en Chile ha cambiado dramáticamente en los últimos años, como lo revela la experiencia de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), institución fundada en 1923 y que ha administrado casi 15 mil casos desde su fundación. Entre 1985 y 1995, solo siete compañías chilenas habían participado en arbitrajes internacionales conducidos bajo el reglamento de arbitraje de la CCI, mientras que entre 1996 y 2006, 41 empresas chilenas participaron en arbitrajes de la CCI, 26 de las cuales lo hicieron en casos iniciados durante los últimos cinco años. Es decir, en el último quinquenio se han llevado a cabo más arbitrajes con empresas chilenas que en los 15 años inmediatamente anteriores. Parte importante de los grupos económicos chilenos han incluido cláusulas arbitrales CCI o participado al menos una vez en arbitrajes CCI para resolver disputas con sus pares europeos, estadounidenses o latinoamericanos.


¿Por qué este crecimiento? El arbitraje internacional llegó a Chile del mismo modo que llegó a la gran mayoría de los países: por defecto. Por la dificultad que plantea elegir el sistema judicial del país de uno de los contratantes por sobre el sistema del otro y por defecto de los sistemas judiciales que son de competencia menos específica, más lentos y ofrecen al menos dos instancias.


Además, existen otros factores que explican su creciente popularidad. Primero, un firme apoyo de los gobiernos que ven en el arbitraje internacional un complemento necesario para la política de fomento de la inversión extranjera y que lo incluyen como mecanismo de solución de controversias en tratados bilaterales de inversión y de libre comercio, regulando la práctica por medio de la ratificación de convenciones internacionales y la incorporación de leyes modernas de arbitraje, como la ley chilena de arbitraje internacional de 2004.


También ha sido importante la interacción y apertura comercial entre empresarios chilenos y extranjeros y la necesidad de contar con un foro neutral y flexible de resolución de disputas, que sea más expedito que el ofrecido por los poderes estatales de administración de justicia, especializado en cuanto los “jueces” son o pueden ser expertos en la materia específica en disputa, y que permita la confidencialidad del proceso, a fin de poder preservar relaciones comerciales.


Por último, existe una ampliación de las materias y entidades susceptibles de someterse a arbitraje internacional, lo cual hace que hoy en día el arbitraje comercial internacional pueda involucrar a entidades públicas (incluso al propio Estado) y versar sobre las materias más variadas del tráfico comercial.


La convergencia de estos tres factores ha hecho del arbitraje comercial internacional un fenómeno cada vez más popular en Chile y otros países. Esta democratización se ha visto en la inserción de cláusulas arbitrales como las de la CCI, tanto en grandes contratos suscritos por empresas públicas como en pequeños contratos celebrados por las pymes, y en la participación cada vez más frecuente de empresas chilenas en foros arbitrales internacionales como los de la propia CCI.



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