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Capital Legal
La marca del gigante

Artículo correspondiente al número 245 (23 de enero al 19 de febrero de 2009)

 

Wal-Mart se caracteriza por sus propias denominaciones. Es por eso que con su arribo a Chile ha comenzado la inscripción de éstas, que identifican a productos globales que están más allá de los mercados.


Hace pocas semanas se anunció la llegada de Wal-Mart a nuestro país, pero los abogados del estudio AlbagliZaliasnik llevan ya un buen tiempo trabajando con ellos. La relación comenzó hace tres años, cuando encargaron al abogado Rodrigo Albagli que realizara diversas gestiones para proteger en nuestro país sus activos más relevantes. En el último tiempo, la cantidad de trabajo ha aumentado considerablemente, ya que junto con la llegada del gigante norteamericano llegan sus marcas propias y ha sido este estudio el que se ha encargado de solicitar su registro en el Departamento de Propiedad Industrial.

Son más de 60 marcas –en diversas categorías– las que se han presentado y que son parte fundamental del activo de Wal-Mart, ya que su apuesta por los precios más bajos (“Save Money. Live better”) se estructura en una oferta extensa de productos y servicios generados internamente y con proveedores en todo el mundo.

No está definido aún qué ocurrirá con las denominaciones propias de D&S. Sin embargo, Albagli señala que no tendrían por qué desaparecer si son buenas. Respecto a sus proveedores podrán acceder a ser también abastecedores de Wal-Mart en la medida que puedan cumplir con los requisitos de calidad, precio, tiempo de entrega y otras condiciones que se imponen a los proveedores en términos globales. Incluso actualmente existen proveedores chilenos que abastecen al estadounidense en otros países.

Más que tener marcas específicas, Wal-Mart utiliza productos que sean transversales y globales; es decir, que estén por sobre los mercados en el que tiene presencia. En este mismo sentido, la estrategia para ingresar en un territorio distinto está definida y se basa en sus propias políticas, más allá de ciertas adaptaciones locales. En este caso, Chile.

El registro e inscripción de una marca es un proceso largo, y es por eso que lo más probable es que se puedan comercializar los productos aun cuando no estén definitivamente registradas, pero sí se haya solicitado su inscripción. De todas formas, Albagli es optimista respecto de estos trámites, ya que aunque todavía no han llegado a la instancia de las oposiciones, las marcas ya han sido registradas en múltiples países, se han usado y muchas de ellas son de renombre.

Además de la inscripción de marcas, el estudio AlbagliZaliasnik ha asesorado a Wal-Mart emitiendo informes sobre asuntos legales y regulatorios en temas relacionados con propiedad intelectual e industrial, advertising law, consumer law y otros derivados.

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Comentarios

2 Comentarios

jorge ibarra:

Publicado Jueves 5 de Febrero, 2009 - 10:12 hrs

MODIFICACIÓN AHORA!! DEL ARTICULO 161 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO!!! SE DEBE INDEMNIZAR CON EL EQUIVALENTE A UN SUELDO AL MOMENTO DE INVOCAR COMO CAUSAL DE DESPIDO LAS NECESIDADES DE LA EMPRESA TALES COMO RACIONALIZACION, MODERNIZACION, PRODUCTIVIDAD O CONDICIONES DEL MERCADO!!

jorge ibarra:

Publicado Jueves 5 de Febrero, 2009 - 10:10 hrs

MODIFICACIÓN AHORA!! DEL ARTICULO 161 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO!!! SE DEBE INDEMNIZAR CON EL EQUIVALENTE A UN SUELDO AL MOMENTO DE INVOCAR COMO CAUSAL DE DESPIDO LAS NECESIDADES DE LA EMPRESA TALES COMO RACIONALIZACION, MODERNIZACION, PRODUCTIVIDAD O CONDICIONES DEL MERCADO!!

 
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