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Capital Legal
Derechos vituales

Artículo correspondiente al número 240 (31 de octubre al 13 de noviembre de 2008)


Las nuevas tecnologías permiten transferir archivos en forma rápida y masiva. Esto favorece la divulgación y la publicidad de los productos, pero a su vez afecta el derecho del autor sobre esos contenidos.


Para cumplir con las condiciones a las que Chile se comprometió en el TLC con Estados Unidos, se discute actualmente en
el Congreso una serie de reformas a la legislación de propiedad intelectual. Aunque este proyecto de ley sólo va a modifi car tres aspectos de la ley actual, tiene la novedad de ser la primera discusión entre las empresas de Internet y los autores de algunos de sus contenidos.

La primera reforma apunta al grado de las penas de la piratería. Se aumentarán y estarán de acuerdo a los daños causados.
En segundo lugar, se establecen nuevas excepciones al delito de piratería. En un principio habría una excepción amplia, en la que el juez determinaría en cada caso pero, fi nalmente, se eliminó y se establecen las excepciones taxativamente.

Y la última reforma es respecto al mecanismo de “puerto seguro”. Esta es una de las que han causado mayor discusión, cuenta Rodrigo Velasco Alessandri, abogado de Alessandri & Cía., que ha participado como asesor en la discusión de esta ley. Puerto seguro se refi ere a la necesidad de establecer un sistema para retirar de Internet información privada, y que afecte a una persona, como podría ser que alguien ocupe la identidad de otra en sitios como facebook o que suba videos o canciones sin la autorización de su autor a sitios como youtoube. En Estados Unidos, el afectado puede comunicarse con el proveedor de contenidos o de acceso a Internet y señalar el fraude, frente a lo cual el proveedor está obligado a corroborar esta información con quien la subió a la red. Si es verdadero lo que se reclama, el proveedor tiene la obligación de bajarlo del sitio. Los artistas exigen que se replique este mecanismo, porque es rápido y eficaz. Señalan además que los proveedores tienen que, al menos, hacerse cargo de bajar de la red la información que se subió a través de sus plataformas. Los proveedores de Internet están de acuerdo con el mecanismo, pero no con asumir ellos el costo de verifi car si una información es fraudulenta o no; por lo tanto, primero tiene que existir un juicio que determine la calidad de esa información y que sea el tribunal quien ordene al proveedor

A partir de esta reforma han surgido otros aspectos que es necesario regular, pero que quedarán para otra ley. Uno de ellos es la creación de un sistema para que los autores de contenidos que se ofrecen a través de Internet logren efectivamente recibir un pago por su trabajo. En el extranjero se han utilizado medidas como las de ventanilla única, en las que se paga una suma fija y económica por archivo (como iTunes Store, que cobra un dólar por canción) y otros sistemas como los de aplicar una tarifa a los soportes de grabación (como CD o DVD) sin discriminar para qué se utilizarán realmente.

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Comentarios

1 Comentarios

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Publicado Sabado 1 de Noviembre, 2008 - 16:38 hrs

El puerto seguro es una medida muy importante para crear la confiabilidad que requiere la web. 
En relación a la protección del derecho de autor, sería importante incluir a los proveedores de internet.

 
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