|
|
Bienvenido, te encuentras en Inicio Capital Legal Contienda. Imposiciones en quiebra |
Califica este artículo
Otros artículos de la sección:
Artículo correspondiente al número 237 (17 de septiembre al 2 de octubre 2008)
Durante el proceso de quiebra de la sociedad Termotécnica Ltda., que comenzó en 2005, los organismos de seguridad social interpusieron acciones penales contra esta empresa por concepto de imposiciones y otras cotizaciones sociales que la firma no había pagado antes de quebrar. En un caso se trataba de deudas impagas de dos años anteriores a la quiebra.
Las acciones se siguieron bajo el sistema penal antiguo, y sometió a proceso a los representantes de la empresa en quiebra por los delitos de apropiación de imposiciones, tipificado en el artículo 13 de la ley 17.322 y en el artículo 19 del DL 3.500.
El abogado Juan Esteban Puga, abogado socio del estudio Puga, Ortiz & Cía., en representación de Termotécnica, presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del procesamiento de los representantes de la empresa. Alegó que, de conformidad a la ley, no procede el delito de apropiación de imposiciones en el caso de quiebra del
empleador.
La Corte de Apelaciones acogió por unanimidad esta tesis y dejó sin efecto los autos de procesamiento.