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Capital Legal
Abogados forzosos

Artículo correspondiente al número 216 (02 al 15 de nov 2007)



El Colegio de Abogados, presidido por Enrique Barros, recurrió a la OIT en octubre de 2006 a raíz de la obligación legal que pesa sobre los abogados chilenos, especialmente los que ejercen en regiones o provincias, de trabajar gratuitamente a favor de terceros y también del Estado, bajo amenaza de ser sancionados con suspensión del ejercicio de la profesión hasta por seis meses.

¿Qué pasó con la queja? Bueno, pasó que la OIT acogió la reclamación y designó a un comité para que se pronuncie, lo que es un paso muy importante, ya que busca evitar situaciones como la de una abogada a la que se le asignaron más de 90 causas mientras se encontraba de postnatal u otro abogado de Osorno, de casi 80 años, que empezó a ser designado en turnos para representar a distintas personas.

Pero eso no es todo. El Colegio de Abogados también presentó un recurso de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional por este último caso, el que ya se alegó y quedó en acuerdo y esperan que este tribunal declare inconstitucional la norma en cuestión. El Colegio alega que cuando se establecieron las normas sobre la práctica profesional obligatoria en la Compañía de Asistencia Judicial y el sistema de abogados de turno –listas mensuales de abogados que deben quedar disponibles para la defensa de casos que encomienden los jueces y que, curiosamente, siempre incluyen a abogados jóvenes o de mucha edad y nunca muy conocidos– existía una justificación ética de devolver al Estado lo que éste había gastado en la educación de ellos,pero hoy –dicen–, no hay educación universitaria gratuita y, además, plantean que el Estado tiene ahora capacidad económica para cumplir con la obligación constitucional de proporcionar justicia.


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Comentarios

1 Comentarios

Jorge Cerda :

Publicado Jueves 7 de Octubre, 2010 - 18:31 hrs

Me adhiero a uno de los últimos comentarios del Colegio de Abogados que aparece en este artícilo donde indica que no existe justificación de devolver al Estado lo que éste ha gastado en la educación del profesional, y creo que se debe ajustar también a la famosa práctica profesional (gratutita) que deben prestar los futuros abogados al sistema judicial. Yo tengo un hijo que está en quinto año de Derecho y yo jamás he recibido una ayuda por la educación de él tanto en la enseñanza básica, media y universitaria, por lo tanto me pregunto ¿qué le debe mi hijo al Estado, si todo se lo hemos pagado su madre y yo?. 
Creo que una de las aberraciones y abusos que quedan de antiguas prácticas donde si efectivamente la educación la entregaba el Estado. 
Los señores de la Honorable Corte Suprema, debieran mirar, (si quieren financiar en algo el sistema judicial) los horrorosos honorarios que reciben (gracias a Dios no todos) los Conservadores de Bienes Raices, Notarios, Archiveros Judiciales y también algunos estudios de abogados.

 
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